BONO DE COMEDOR (Resolución)

fecha

10 Mayo, 2018

RESOLUCIÓN, a fecha 10 de mayo de 2018

Resolución Bono Comedor

La Facultad de Bellas Artes en colaboración con la empresa CATERREST SEVILLA S.L. concesionaria de la cafetería Laraña, promueve la concesión de un Bono de Comedor a un alumno de nuestro Centro que se encuentre matriculado en alguna de nuestras Titulaciones de Grado o Máster en el presente curso académico 2017-2018.

 

El alumno que resulte elegido recibirá un menú-almuerzo diario gratuito en la cafetería del Centro desde la fecha de resolución hasta el final del curso el 22 de junio de 2018.

 

Destinatarios

Cualquier alumno matriculado en un mínimo de 60 créditos del Grado en Bellas Artes, Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales o del Máster Universitario en Arte: Idea y Producción

 

Condiciones Generales:

1. Presentar el impreso solicitud  con todos los datos cumplimentados.

3. No hallarse incluido entre los beneficiarios de cualquier beca o bono de comedor promovido por la Universidad de Sevilla.

Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo del curso para el que se solicita la beca.

 

¿Qué necesitas presentar?

Los alumnos interesados deberán presentar en la secretaría del Centro dentro del plazo previsto la siguiente documentación:

1.  Impreso de solicitud.

2. Credencial de becario general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del curso 2017/18. (Si aún no tuviera la credencial o no se hubiera resuelto su solicitud se tendrá en cuenta  la credencial de becario del curso 2016/17)

4. Declaración jurada de no ser beneficiario de ninguna otra beca o bono de comedor.

 

Plazo de solicitud.

Entre el 11 y el 18 de Abril de 2018.

 

Proceso de adjudicación

Finalizado el plazo de presentación, la Comisión de Valoración, conformada por el Decano, el Administrador del Centro y el Vicedecano de Estudiantes, otorgará el bono de comedor Laraña al alumno que tenga el umbral de renta familiar más bajo según lo establecido en la convocatoria de Becas de Carácter General del MECD. En caso de igualdad, se propondrá al estudiante con la nota media más alta de expediente académico.

La comisión comunicará al beneficiario la concesión de la beca en un plazo de 15 días desde la finalización del periodo de solicitud.

Con todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos se creará un listado de reservas ordenado según los criterios anteriores.

 

Obligaciones del beneficiario y control de la ayuda

La ayuda es personal e intransferible, por lo que cualquier uso inadecuado de la misma conllevará automáticamente su pérdida. No obstante, el beneficiario de la ayuda menú se compromete expresamente a informar de cualquier cambio de situación que afectara al cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

La ayuda cesará en el caso de anulación de matrícula o traslado de expediente a otro Centro o Universidad.

Si el estudiante adjudicatario no recogiera el bono en el plazo de 7 días hábiles desde la publicación de la resolución, salvo causa documentalmente justificada, se entenderá que renuncia al mismo, concediéndose al siguiente candidato que figure en los listados para cubrir las vacantes que se puedan producir.

- Si el beneficiario del bono no hace uso del mismo sin justificación y no renuncia a éste, quedará excluido de la concesión de esta ayuda en la convocatoria del curso académico inmediatamente siguiente

 

La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de estas bases.